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El INAP como órgano rector de la capacitación en el contexto del plan de modernización del Estado

Por: Cormick, Hugo TomásDetalles de publicación: Buenos Aires s.e. 2001Tema(s): CAPACITACION DE PERSONAL PUBLICO | DESCENTRALIZACION FUNCIONAL | INSTITUCION DE CAPACITACION | REFORMA DEL ESTADO | SECTOR PUBLICO | ARGENTINAOtra clasificación: INAP-AR:E.1-4/915
Contenidos:
4 p.
El INAP como órgano rector de la capacitación en el contexto del plan de modernización del Estado
Resumen: Trabajo referido a la reestructuración del modelo de capacitación viegente en la administración pública nacional a través del Decreto 889/01. Por esta norma el Instituto Nacional de la Administración Pública pasa a cumplir su rol tradicional de proveedor de capacitación a ser el órgano rector de un sistema nacional de capacitación con tres características principales: a) abarca al conjunto de organismos de la APN y no sólo a los organismos cuyo personal está encuadrado en el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa; b) tiene carácter descentralizado; estará conformado por "unidades de capacitación" que se encargarán de la gestión integral del proceso de capacitación -planificación, ejecución y control- en sus organismos respectivos; c) persigue articular los objetivos ligados a la carrera personal de los agentes con los objetivos de la organización. En su nueva función, el INAP asegura la articulación del sistema y certifica la calidad de las actividades que en el mismo se desarrollen. Se ha reorganizado dando inicio a las siguientes acciones: a) asistencia técnica permanente y fortalecimiento institucional a las unidades componentes del sistema; b) constitución de la Red Institucional de Capacitación; c) formación de formadores; d) pone a disposición de los organismos toda su infraestructura y capacidad logística; e) si hubiera demanda o se detectaran necesidades, puede acordar con los organismos la colaboración específica de personal técnico con las unidades de capacitación. El éxito de esta política de descentralización dependerá principalmente de: el fortalecimiento de las Unidades de Capacitación, con capacidades instaladas, que les permitan hacer frente a sus nuevas funciones. La capacitación debe ser un objetivo del organismo, lo que significa institucionalizarla para asegurar que los objetivos de gestión puedan alcanzarse. Esto supone que cada organismo de la APN deberá instrumentar y reconocer las nuevas responsabilidades de la Unidades de Capacitación y asegurar que dispongan de los recursos adecuados, humanos, materiales y presupuestarios.
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4 p.

El INAP como órgano rector de la capacitación en el contexto del plan de modernización del Estado

Trabajo referido a la reestructuración del modelo de capacitación viegente en la administración pública nacional a través del Decreto 889/01. Por esta norma el Instituto Nacional de la Administración Pública pasa a cumplir su rol tradicional de proveedor de capacitación a ser el órgano rector de un sistema nacional de capacitación con tres características principales: a) abarca al conjunto de organismos de la APN y no sólo a los organismos cuyo personal está encuadrado en el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa; b) tiene carácter descentralizado; estará conformado por "unidades de capacitación" que se encargarán de la gestión integral del proceso de capacitación -planificación, ejecución y control- en sus organismos respectivos; c) persigue articular los objetivos ligados a la carrera personal de los agentes con los objetivos de la organización. En su nueva función, el INAP asegura la articulación del sistema y certifica la calidad de las actividades que en el mismo se desarrollen. Se ha reorganizado dando inicio a las siguientes acciones: a) asistencia técnica permanente y fortalecimiento institucional a las unidades componentes del sistema; b) constitución de la Red Institucional de Capacitación; c) formación de formadores; d) pone a disposición de los organismos toda su infraestructura y capacidad logística; e) si hubiera demanda o se detectaran necesidades, puede acordar con los organismos la colaboración específica de personal técnico con las unidades de capacitación. El éxito de esta política de descentralización dependerá principalmente de: el fortalecimiento de las Unidades de Capacitación, con capacidades instaladas, que les permitan hacer frente a sus nuevas funciones. La capacitación debe ser un objetivo del organismo, lo que significa institucionalizarla para asegurar que los objetivos de gestión puedan alcanzarse. Esto supone que cada organismo de la APN deberá instrumentar y reconocer las nuevas responsabilidades de la Unidades de Capacitación y asegurar que dispongan de los recursos adecuados, humanos, materiales y presupuestarios.

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