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Estudios económicos y planeamiento de inversión

Por: Ecoplan [Argentina]Detalles de publicación: Buenos Aires s.e. 2008Descripción: 9 pTema(s): ADMINISTRACION CENTRAL | ADMINISTRADORES PUBLICOS | DECRETO | ESTRUCTURA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA | GESTION PUBLICA | ORGANIGRAMA | ARGENTINAOtra clasificación: INAP-AR:F.3/620 Recursos en línea: Haga clic para acceso en línea Resumen: Decreto del 31-7-2008 que modifica el Anexo I al artículo 1 del Decreto No. 357/02 y sus modificatorios -organigrama de aplicación de la administración pública nacional centralizada-, el Apartado XI, correspondiente a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Se sustituye del Anexo II al Artículo 2 del Decreto No 357/02 y sus modificatorios -objetivos-, el Apartado XI, en la parte pertinente a la Secretaría de Gabinete y Gestión Pública y a la Secretaría de Relaciones Parlamentarias, ambas de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Establece que el Cuerpo de Administradores Gubernamentales dependerá del Secretario de Gabinete y Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Hasta que se concluye con la reestructuración de las áreas afectadas por la medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a Subsecretaría, que mantendrán transitoriamente las responsabilidades primarias, acciones y dotaciones vigentes a la fecha cons sus respectivos niveles, grados de revista y funciones ejecutivas previstas en el Decreto 993/91 (t.o. 1995).
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Decreto del 31-7-2008 que modifica el Anexo I al artículo 1 del Decreto No. 357/02 y sus modificatorios -organigrama de aplicación de la administración pública nacional centralizada-, el Apartado XI, correspondiente a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Se sustituye del Anexo II al Artículo 2 del Decreto No 357/02 y sus modificatorios -objetivos-, el Apartado XI, en la parte pertinente a la Secretaría de Gabinete y Gestión Pública y a la Secretaría de Relaciones Parlamentarias, ambas de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Establece que el Cuerpo de Administradores Gubernamentales dependerá del Secretario de Gabinete y Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Hasta que se concluye con la reestructuración de las áreas afectadas por la medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a Subsecretaría, que mantendrán transitoriamente las responsabilidades primarias, acciones y dotaciones vigentes a la fecha cons sus respectivos niveles, grados de revista y funciones ejecutivas previstas en el Decreto 993/91 (t.o. 1995).

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