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Orientaciones para la elaboración de los componentes del diseño de capacitación. Documento de trabajo para los participantes en los cursos de formación de instructores

Por: Lemos, Lidia ElisaDetalles de publicación: Buenos Aires 1979Descripción: 3 pTema(s): ADMINISTRACION DE ARCHIVOS | ARCHIVOS ADMINISTRATIVOS | DECRETO | DOCUMENTO | MICROFOTOGRAFIA | SERVICIOS DE DOCUMENTACION | ARGENTINAOtra clasificación: INAP-AR:E.1-4/1025
Contenidos:
Fotocopia del expediente original del decreto
Resumen: Decreto de fecha 29/1/79 cuyo objetivo es poner orden y coordinación en todo lo referente a la situación de los diversos archivos de la Administración Pública Nacional, especialmente en materia de conservación, microfilmación y destrucción de documentos. Establece que los Ministerios y Secretarías de Estado (administración centralizada y descentralizada, Empresas y Sociedades del Estado, Servicios de Cuentas Especiales y Obras Sociales), deberán someter, previo a todo trámite, a la consideración de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación (Subsecretaría de la Función Pública), todo proyecto de medidas a proponer o dictar -según el caso- sobre sus respectivos archivos y que se relacionen con el descarte de documentos, su microfilmación, conservación y/o traslado. La Secretaría General de la Presidencia de la Nación (Subsecretaría de la Función Pública) requerirá, en cada caso, el dictamen de la Dirección General del Archivo General de la Nación respecto de los referidos proyectos.
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Libro Libro Biblioteca Central
INAP-AR:E.1-4/1025 Navegar estantería (Abre debajo) Disponible 001053

Fotocopia del expediente original del decreto

Decreto de fecha 29/1/79 cuyo objetivo es poner orden y coordinación en todo lo referente a la situación de los diversos archivos de la Administración Pública Nacional, especialmente en materia de conservación, microfilmación y destrucción de documentos. Establece que los Ministerios y Secretarías de Estado (administración centralizada y descentralizada, Empresas y Sociedades del Estado, Servicios de Cuentas Especiales y Obras Sociales), deberán someter, previo a todo trámite, a la consideración de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación (Subsecretaría de la Función Pública), todo proyecto de medidas a proponer o dictar -según el caso- sobre sus respectivos archivos y que se relacionen con el descarte de documentos, su microfilmación, conservación y/o traslado. La Secretaría General de la Presidencia de la Nación (Subsecretaría de la Función Pública) requerirá, en cada caso, el dictamen de la Dirección General del Archivo General de la Nación respecto de los referidos proyectos.

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