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Protocolo de Tramo a distancia / Oficina Nacional de Empleo Público.

Por: Argentina. Oficina Nacional de Empleo Público Dirección de Gestión y Desarrollo de Carrera del PersonalDetalles de publicación: Ciudad Autónoma de Buenos Aires : Jefatura de Gabinete de Ministros, 2023Descripción: 7 pTema(s): ESTRUCTURA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA | SISTEMAS DE PERSONAL | ADMINISTRACION DE PERSONALOtra clasificación: INAP-AR:CD 364.055 Recursos en línea: https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/t_protocolo_de_actuacion_a_distancia_de_los_comites_de_acreditacion_0.pdf Resumen: Atento a la Emergencia Sanitaria declarada a nivel Nacional y Mundial y la declaración de pandemia por parte de la Organización Mundial de la Salud (OMS) ante la propagación del nuevo Coronavirus (COVID-19), el Estado Nacional a través del DNU N° 297/2020 y sus complementarias, estableció y prorrogó la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” a fin de proteger la salud pública para todas las personas que habitan en el país. En tal sentido, la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a través de la Resolución N° 3/2020 establece otorgar una licencia preventiva a los trabajadores y las trabajadoras cuyas tareas habituales u otras análogas, puedan ser realizadas desde el lugar de aislamiento, debiendo, en el marco de la buena fe contractual, establecer con su empleador las condiciones en que dicha labor será realizada. De esta forma, y procurando limitar desde el ámbito laboral la propagación del virus, se autoriza a todos los agentes del Sector Público Nacional, en cualquiera de las modalidades de contratación, a no concurrir al lugar de trabajo, permitiéndoles trabajar desde su hogar o remotamente y así salvaguardar la salud pública.
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Tipo de ítem Biblioteca actual Solicitar por Estado Fecha de vencimiento Código de barras
Recurso digital Recurso digital Biblioteca Central
Colección digital
INAP-AR:CD 364.055 Navegar estantería (Abre debajo) Disponible 016126

El presente documento ha sido elaborado por las profesionales Lic. Gabriela Pessolano, Lic. Melisa Canessa y la Dra. Natalia Bentancourt, bajo la dirección de la Directora de Gestión y Desarrollo de Carrera del Personal, Lic. Vanesa Cyngiser.

Atento a la Emergencia Sanitaria declarada a nivel Nacional y Mundial y la declaración de pandemia por parte de la Organización Mundial de la Salud (OMS) ante la propagación del nuevo Coronavirus (COVID-19), el Estado Nacional a través del DNU N° 297/2020 y sus complementarias, estableció y prorrogó la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” a fin de proteger la salud pública para todas las personas que habitan en el país.
En tal sentido, la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a través de la Resolución N° 3/2020 establece otorgar una licencia preventiva a los trabajadores y las trabajadoras cuyas tareas habituales u otras análogas, puedan ser realizadas desde el lugar de aislamiento, debiendo, en el marco de la buena fe contractual, establecer con su empleador las condiciones en que dicha labor será realizada.
De esta forma, y procurando limitar desde el ámbito laboral la propagación del virus, se autoriza a todos los agentes del Sector Público Nacional, en cualquiera de las modalidades de contratación, a no concurrir al lugar de trabajo, permitiéndoles trabajar desde su hogar o remotamente y así salvaguardar la salud pública.

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