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El Congreso en el tiempo : su composición en los períodos 2000-2001 y 2002-2003 : directorios legislativos 2000-2001 y 2002-2003

Por: Argentina. Leyes, decretos, etcColaborador(es): Masquelet, Héctor [dir.] | Palmiere, Gustavo [comp.] | Shalom, Héctor [comp.]Detalles de publicación: Buenos Aires Fundación Servicio Paz y Justicia 2010Descripción: 232 pTema(s): DERECHOS HUMANOS | INTERVENCION DEL ESTADO | MOVIMIENTO SOCIAL | ORGANIZACION NO GUBERNAMENTAL | PROBLEMA SOCIAL | RELACIONES ESTADO Y SOCIEDAD | ARGENTINAOtra clasificación: INAP-AR:E.5/56 Resumen: La Plataforma Interamericana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo (PIDHDD) desde el año 1992 coordina sus trabajos en el área de derechos humanos a nivel regional. Sostiene un enfoque integral de la defensa y promoción de los derechos humanos con énfasis en la justiciabilidad de los derechos económicos, sociales y culturales. Desde la afirmación irrestricta de la primacía de los derechos humanos pone a disposición de las organizaciones de la red el instrumento de trabajo generado en Argentina. La PIDHDD escogió entre sus tareas prioritarias el seguimiento a la criminalización de la protesta en la región, en la idea de articularse a los esfuerzos de los movimientos sociales que confrontan este proceso, al tiempo de divulgar las experiencias más relevantes e innovadoras. Una de ellas fue la desarrollada por organismos de derechos humanos de Argentina con autoridades policiales del país en torno al manejo de grandes manifestaciones y que llevó, luego de deponer prejuicios mutuos, a una suerte de investigación-acción sobre la forma como se enfrentaba la protesta ciudadana por las fuerzas encargadas del orden público para deducir criterios para futuras intervenciones. Un primer acuerdo al que se llegó fue la comprensión de la protesta como un derecho ciudadano, no como una acción delincuencial o en trance de serlo. Como tal derecho debe ser protegido por la fuerza pública. Otro acuerdo fue el reconocimiento de los derechos de los agentes del orden. Ambos reconocimientos cimentaron un ejercicio de observación de los comportamientos tanto de los manifestantes como de los agentes del Estado y de reflexión conjunta sobre lo observado, de manera que se han podido decantar en un conjunto de recomendaciones en vías de formalizarse como un protocolo. Presenta: Palabras preliminares. Prólogo. A propósito de la cooperación. Presentación. El proyecto en el marco de la cooperación. Relato del proyecto. Historia de la cooperación en pocas líneas, el rol del grupo de gestión y diseño. "Hagamos de la Argentina un modelo para aplciar en toda Latinoamérica". Recomendaciones para intervenciones estatales respetuosas de los derechos humanos en el marco de manifestaciones públicas. Las observaciones compartidas como modelo de trabajo. Documentos de trabajo complementarios, investigaciones y reflexiones. A modo de cierre. Anexo: La experiencia de las instituciones.
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La Plataforma Interamericana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo (PIDHDD) desde el año 1992 coordina sus trabajos en el área de derechos humanos a nivel regional. Sostiene un enfoque integral de la defensa y promoción de los derechos humanos con énfasis en la justiciabilidad de los derechos económicos, sociales y culturales. Desde la afirmación irrestricta de la primacía de los derechos humanos pone a disposición de las organizaciones de la red el instrumento de trabajo generado en Argentina. La PIDHDD escogió entre sus tareas prioritarias el seguimiento a la criminalización de la protesta en la región, en la idea de articularse a los esfuerzos de los movimientos sociales que confrontan este proceso, al tiempo de divulgar las experiencias más relevantes e innovadoras. Una de ellas fue la desarrollada por organismos de derechos humanos de Argentina con autoridades policiales del país en torno al manejo de grandes manifestaciones y que llevó, luego de deponer prejuicios mutuos, a una suerte de investigación-acción sobre la forma como se enfrentaba la protesta ciudadana por las fuerzas encargadas del orden público para deducir criterios para futuras intervenciones. Un primer acuerdo al que se llegó fue la comprensión de la protesta como un derecho ciudadano, no como una acción delincuencial o en trance de serlo. Como tal derecho debe ser protegido por la fuerza pública. Otro acuerdo fue el reconocimiento de los derechos de los agentes del orden. Ambos reconocimientos cimentaron un ejercicio de observación de los comportamientos tanto de los manifestantes como de los agentes del Estado y de reflexión conjunta sobre lo observado, de manera que se han podido decantar en un conjunto de recomendaciones en vías de formalizarse como un protocolo. Presenta: Palabras preliminares. Prólogo. A propósito de la cooperación. Presentación. El proyecto en el marco de la cooperación. Relato del proyecto. Historia de la cooperación en pocas líneas, el rol del grupo de gestión y diseño. "Hagamos de la Argentina un modelo para aplciar en toda Latinoamérica". Recomendaciones para intervenciones estatales respetuosas de los derechos humanos en el marco de manifestaciones públicas. Las observaciones compartidas como modelo de trabajo. Documentos de trabajo complementarios, investigaciones y reflexiones. A modo de cierre. Anexo: La experiencia de las instituciones.

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