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Recurso digital |
Biblioteca Central
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INAP-AR:CD 45 Congreso XIII | Disponible | 012768 |
La discriminación entre hombres y mujeres es un fenómeno que ha sido manifestado por varios organismos internacionales en la primera mitad del siglo XX. El Programa de acción de Beijing (1995), invitó a los gobiernos a incluir la dimensión sexo especifico en todas las esferas relativas a sus instituciones, a sus políticas de planificación y a sus tomas de decisiones, ha permitido testimoniar la voluntad de 189 naciones, de apoyar el fortalecimiento del poder femenino, de garantizar el respeto de sus derechos y de alcanzar la igualdad entre los sexos.En este contexto, diferentes gobiernos emprendieron acciones que pretendían prohibir la discriminación entre hombres y mujeres y favorecer la presencia femenina en puestos jerárquicos. Más específicamente en Quebec, el artículo 92 de la Carta de los derechos y las libertades de la persona procuró, en 1982, que los ministerios y los organismos las implantaran, en 1987 y 1992, Programas de acceso a la igualdad para las mujeres de la función pública. Así es como, en la función pública quebequense, la representación de las mujeres en puestos de alta dirección pasa del 7,2 %, en 1987, al 12 %, en 1992, para alcanzar el 17,4 %, en 1998, y el 35,9 %, en 2007.Estos programas se tradujeron por la implantación de un enfoque de igualdad en empleo para las mujeres. Este enfoque permite determinar la representación y subrepresentación femenina y adelantar una serie de medidas apuntando a permitirles a las mujeres ocupar un lugar preponderante en la organización y de darles acceso a puestos de alto nivel.
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