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A 10 años de la sindicación de empleados públicos en Puerto Rico

Por: López Pérez, SoniaColaborador(es): CLAD | Congreso Internacional del CLAD sobre la Reforma del Estado y de la Administración Pública, 13 Buenos AiresDetalles de publicación: Ponce Pontificia Universidad Católica de Puerto Rico 2008Descripción: 15 pTema(s): CONGRESO CLAD 13-2008 | ESTUDIO DE CASOS | PERSONAL PUBLICO | RELACIONES LABORALES | SINDICALISMO | SINDICATOS | PUERTO RICOOtra clasificación: INAP-AR:CD 45 Congreso XIII Resumen: El 25 de febrero de 1998 se aprobó en Puerto Rico una de las leyes más controversiales en la historia laboral de la Isla, la Ley de Relaciones del Trabajo para el Servicio Público de Puerto Rico. De la exposición de motivos de esta ley se desprende que el propósito de la misma es conceder el derecho a organizarse en sindicatos y a negociar colectivamente a los empleados del sector público en las agencias tradicionales del gobierno central a quienes no aplique la Ley No. 130 de 8 de mayo de 1945, según enmendada, conocida como "Ley de Relaciones del Trabajo de Puerto Rico". Desde ese entonces, el ámbito laboral del mencionado país, ha sufrido un gran giro, ya que esta ley permite que la gran mayoría de los empleados públicos del gobierno de Puerto Rico puedan negociar salarios y otros beneficios marginales. El punto principal que presenta esta ley es el hecho de que a pesar que los empleados pueden organizarse sindicalmente, no tienen derecho a la huelga, a diferencia la legislación de otros países.Han transcurrido diez años desde la aprobación de este estatuto. Durante ese tiempo, han sido muchas las expresiones realizadas con relación a esta controversial ley. Mientras unos se expresan a favor, otros han cuestionado la constitucionalidad de la misma, partiendo de la premisa de que debido a la prohibición del derecho a la huelga contenido en la misma, menoscaba derechos fundamentales de los empleados públicos.Este trabajo evalúa las controversias públicas acaecidas en Puerto Rico en tiempos recientes a raíz de la implantación de la Ley 45 y de la negociación de convenios colectivos al amparo de la misma.
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El 25 de febrero de 1998 se aprobó en Puerto Rico una de las leyes más controversiales en la historia laboral de la Isla, la Ley de Relaciones del Trabajo para el Servicio Público de Puerto Rico. De la exposición de motivos de esta ley se desprende que el propósito de la misma es conceder el derecho a organizarse en sindicatos y a negociar colectivamente a los empleados del sector público en las agencias tradicionales del gobierno central a quienes no aplique la Ley No. 130 de 8 de mayo de 1945, según enmendada, conocida como "Ley de Relaciones del Trabajo de Puerto Rico". Desde ese entonces, el ámbito laboral del mencionado país, ha sufrido un gran giro, ya que esta ley permite que la gran mayoría de los empleados públicos del gobierno de Puerto Rico puedan negociar salarios y otros beneficios marginales. El punto principal que presenta esta ley es el hecho de que a pesar que los empleados pueden organizarse sindicalmente, no tienen derecho a la huelga, a diferencia la legislación de otros países.Han transcurrido diez años desde la aprobación de este estatuto. Durante ese tiempo, han sido muchas las expresiones realizadas con relación a esta controversial ley. Mientras unos se expresan a favor, otros han cuestionado la constitucionalidad de la misma, partiendo de la premisa de que debido a la prohibición del derecho a la huelga contenido en la misma, menoscaba derechos fundamentales de los empleados públicos.Este trabajo evalúa las controversias públicas acaecidas en Puerto Rico en tiempos recientes a raíz de la implantación de la Ley 45 y de la negociación de convenios colectivos al amparo de la misma.

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