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Economía del conocimiento, gobierno electrónico y nuevas relaciones laborales

Por: López Ramos, María EvaColaborador(es): Villalón Alejo, Lucía | CLAD | Congreso Internacional del CLAD sobre la Reforma del Estado y de la Administración Pública, 13 Buenos AiresDetalles de publicación: Morelia Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales 2008Descripción: 17 pTema(s): ADMINISTRACION ELECTRONICA | CONDICIONES DE TRABAJO | CONGRESO CLAD 13-2008 | ECONOMIA | GESTION DEL CONOCIMIENTO | INTERNET | RELACIONES LABORALES | SOCIEDAD DE LA INFORMACION | TECNOLOGIA DE LA INFORMACIONOtra clasificación: INAP-AR:CD 45 Congreso XIII Resumen: Los cambios tecnológicos distintivos de la economía del conocimiento inciden en las formas de producir los bienes de consumo masivo y en la redefinición de los modelos organizacionales empresariales para la competitividad en el mercado; también transforma el comportamiento de los individuos, de sus relaciones de trabajo, del papel del Estado como regulador y del mundo laboral en su conjunto. La información y el conocimiento son medios de producción y al desplazar progresivamente al trabajo manual se ha determinado en una nueva clusterización de servicios e industrias (I. Economía del conocimiento).Tal hecho en sí mismo no es negativo, sólo que introduce algunos problemas que se agudizan en América Latina por falta de un verdadero "Estado de Derecho" y al desfase entre la globalización de los fenómenos económicos, ecológicos e inclusos políticos y la ausencia de reguladores con esa naturaleza; lo que se expresa en problemas de gobernabilidad a nivel internacional y que se agudizan en los contextos de E- Trabajo y de E-Gobierno (II. Gobierno electrónico).Lo que ha ocurrido en la economía del conocimiento, tal como es trasladada a América Latina es que, con el pretexto de las exigencias de competitividad, se introducen modalidades contractuales dirigidas a disfrazar las relaciones de trabajo con un ropaje civil o mercantil y quien trabaja se encuentra en una situación de necesidad y de desventaja, por ello, carece de poder de negociación. Situación afirmada por reformas desreguladoras o por la simple tolerancia o incapacidad de fiscalización. En realidad, lo que vivimos en la actual vertiente de la economía global electrónica, son los intentos sostenidos - y en gran parte triunfantes - de eludir la aplicación de la legislación laboral o a trasladar la condición de empleador a otras personas o empresas, por ejemplo: intermediarios, contratistas, subcontratistas, empresas de trabajo personal. En uno u otro caso, lo que se produce es la desprotección total (incluida la de la seguridad social) o la disminución de los niveles de protección (III. Nuevas relaciones laborales).
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INAP-AR:CD 45 Congreso XIII Navegar estantería (Abre debajo) Disponible 012724

Los cambios tecnológicos distintivos de la economía del conocimiento inciden en las formas de producir los bienes de consumo masivo y en la redefinición de los modelos organizacionales empresariales para la competitividad en el mercado; también transforma el comportamiento de los individuos, de sus relaciones de trabajo, del papel del Estado como regulador y del mundo laboral en su conjunto. La información y el conocimiento son medios de producción y al desplazar progresivamente al trabajo manual se ha determinado en una nueva clusterización de servicios e industrias (I. Economía del conocimiento).Tal hecho en sí mismo no es negativo, sólo que introduce algunos problemas que se agudizan en América Latina por falta de un verdadero "Estado de Derecho" y al desfase entre la globalización de los fenómenos económicos, ecológicos e inclusos políticos y la ausencia de reguladores con esa naturaleza; lo que se expresa en problemas de gobernabilidad a nivel internacional y que se agudizan en los contextos de E- Trabajo y de E-Gobierno (II. Gobierno electrónico).Lo que ha ocurrido en la economía del conocimiento, tal como es trasladada a América Latina es que, con el pretexto de las exigencias de competitividad, se introducen modalidades contractuales dirigidas a disfrazar las relaciones de trabajo con un ropaje civil o mercantil y quien trabaja se encuentra en una situación de necesidad y de desventaja, por ello, carece de poder de negociación. Situación afirmada por reformas desreguladoras o por la simple tolerancia o incapacidad de fiscalización. En realidad, lo que vivimos en la actual vertiente de la economía global electrónica, son los intentos sostenidos - y en gran parte triunfantes - de eludir la aplicación de la legislación laboral o a trasladar la condición de empleador a otras personas o empresas, por ejemplo: intermediarios, contratistas, subcontratistas, empresas de trabajo personal. En uno u otro caso, lo que se produce es la desprotección total (incluida la de la seguridad social) o la disminución de los niveles de protección (III. Nuevas relaciones laborales).

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