Tipo de ítem | Biblioteca actual | Solicitar por | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Recurso digital |
Biblioteca Central
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INAP-AR:CD 45 Congreso XIII | Disponible | 012567 |
Desde que el 15 de septiembre de 1994, se firmó el Acuerdo entre Administración y Sindicatos y en él se creó la Comisión General para la Formación Continua, órgano de composición paritaria al que corresponde la ordenación de la formación continua en las Administraciones Públicas (AAPP) y en cuyo ámbito se han suscrito cuatro acuerdos que afectan a los empleados públicos dependientes de todas las AAPP; hasta este mismo año 2008, la experiencia obtenida ha sido muy importante para el desarrollo de la gestión pública en España, ya que se han ido produciendo una serie de actuaciones muy interesantes, que han mejorado los procesos de descentralización política y administrativa del Estado, tales como:La mejora del diálogo social entre las Organizaciones Sindicales (OOSS) y las AAPP, mediante el establecimiento de una nueva cultura de trabajo cooperativo en aras a conseguir la modernización de los servicios públicos y una mejor prestación de los mismos a los ciudadanos y ciudadanas.La creación de un sistema de financiación común y estable para la formación continua, a través de las cotizaciones a la Seguridad Social, que se efectúan por las AAPP y los empleados públicos.La adaptación a los cambios motivados tanto por los procesos de innovación tecnológica como por las nuevas formas de organización del trabajo.La potenciación de los cauces de comunicación y participación entre todas las instituciones competentes en materia de formación continua, tanto en el ámbito nacional como internacional, Europa y Latinoamérica.El fomento del acceso universal y continuo al aprendizaje permanente, dado que es el elemento esencial en la sociedad del conocimiento, con el derecho y el deber de formarse de todos los empleados públicos.La promoción del desarrollo personal y profesional de los empleados públicos, que son el valor más importante que poseen las AAPP.Todo ello ha sido posible llevarlo a buen término mediante un sistema de cogestión entre las AAPP y las CCSS.
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