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El Estado social en Venezuela : su evolución desde el programa de febrero de 1936 hasta la Constitución de 1961

Por: Márquez C., TrinoDetalles de publicación: Caracas Ediciones del Congreso de la República 1992Descripción: 152 pTema(s): ANALISIS HISTORICO | BIENESTAR SOCIAL | DERECHO CONSTITUCIONAL | FUNCION DEL ESTADO | VENEZUELAOtra clasificación: INAP-AR:A.1/141
Contenidos:
El CEDAI del CLAD tiene la versión original, de 1990
Resumen aportado por el CEDAI del CLAD
Resumen: Se examina la evolución del Estado social en Venezuela, desde 1936 hasta 1961. Se destacan algunos puntos fundamentales en esta evolución en relación con el programa de febrero de 1936, la Constitución de 1947 y la Constitución de 1961. Se concluye con un comentario sobre los logros y fracasos del Estado social desde 1961 hasta la actualidad. A partir de la muerte de Juan Vicente Gómez en 1935 y hasta la Constitución de 1961, el Estado venezolano desarrolla una acción sostenida y sistemática orientada a mejorar las condiciones de vida de la población, especialmente de sus sectores menos favorecidos, en áreas como la educación, salud pública, alimentación, vivienda popular, servicios y seguridad social. Esta línea de acción se corresponde con un discurso oficial en el que se destaca la responsabilidad fundamental e intransferible del Estado en el campo social. El programa de febrero de 1936 consistió en un conjunto de proposiciones que el general Eleazar López Contreras formula como respuesta a las exigencias de un país que reclamaba cambios en todos los órdenes, luego de tres décadas de dictadura gomecista. Este programa revela una nueva forma de vinculación entre el Estado y los ciudadanos. López Contreras introduce un estilo de diálogo y de atención de las peticiones de la sociedad civil. Un segundo punto culminante en la evolución del Estado social en Venezuela está marcado por la Constitución de 1947. En esta se limitan los derechos económicos y se desarrollan ampliamente los derechos sociales, iniciando la democracia representativa en este país. El conjunto de disposiciones constitucionales referidas al campo social, asignan al Estado una amplia función y responsabilidad social. Por primera vez el compromiso del Estado en lo social alcanza un rango constitucional. Aunque la vigencia de la Constitución de 1947 fue exigua, ya que es derogada en noviembre de 1948 por el golpe militar que derrocó al presidente Rómulo Gallegos, su valor representativo es grande, ya que es el primer esfuerzo por dotar al Estado de un marco estratégico para atacar los problemas sociales. La Constitución de 1961, luego de derrotada la dictadura de Pérez Jiménez, retoma los compromisos del Estado y los derechos sociales de los ciudadanos. En esta Constitución el concepto de Estado social, que asume la obligación explícita de velar por que las condiciones de la vida en sociedad sean óptimas. El balance de lo ocurrido durante los treinta años siguientes a 1961, en que rige el sistema democrático, sugiere que el Estado social ha sufrido un relativo fracaso. No se ha podido materializar la tesis de una distribución más justa y equitativa de la riqueza. Hacia 1988 se constituye un modelo regresivo en la distribución, que hace que el 30 por ciento más rico de la población perciba 60 por ciento del ingreso, mientras que el 30 por ciento más pobre sólo recibe el 11 por ciento. A.S./J.C.12854
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INAP-AR:A.1/141 Navegar estantería (Abre debajo) Disponible 012342

El CEDAI del CLAD tiene la versión original, de 1990

Resumen aportado por el CEDAI del CLAD

Se examina la evolución del Estado social en Venezuela, desde 1936 hasta 1961. Se destacan algunos puntos fundamentales en esta evolución en relación con el programa de febrero de 1936, la Constitución de 1947 y la Constitución de 1961. Se concluye con un comentario sobre los logros y fracasos del Estado social desde 1961 hasta la actualidad. A partir de la muerte de Juan Vicente Gómez en 1935 y hasta la Constitución de 1961, el Estado venezolano desarrolla una acción sostenida y sistemática orientada a mejorar las condiciones de vida de la población, especialmente de sus sectores menos favorecidos, en áreas como la educación, salud pública, alimentación, vivienda popular, servicios y seguridad social. Esta línea de acción se corresponde con un discurso oficial en el que se destaca la responsabilidad fundamental e intransferible del Estado en el campo social. El programa de febrero de 1936 consistió en un conjunto de proposiciones que el general Eleazar López Contreras formula como respuesta a las exigencias de un país que reclamaba cambios en todos los órdenes, luego de tres décadas de dictadura gomecista. Este programa revela una nueva forma de vinculación entre el Estado y los ciudadanos. López Contreras introduce un estilo de diálogo y de atención de las peticiones de la sociedad civil. Un segundo punto culminante en la evolución del Estado social en Venezuela está marcado por la Constitución de 1947. En esta se limitan los derechos económicos y se desarrollan ampliamente los derechos sociales, iniciando la democracia representativa en este país. El conjunto de disposiciones constitucionales referidas al campo social, asignan al Estado una amplia función y responsabilidad social. Por primera vez el compromiso del Estado en lo social alcanza un rango constitucional. Aunque la vigencia de la Constitución de 1947 fue exigua, ya que es derogada en noviembre de 1948 por el golpe militar que derrocó al presidente Rómulo Gallegos, su valor representativo es grande, ya que es el primer esfuerzo por dotar al Estado de un marco estratégico para atacar los problemas sociales. La Constitución de 1961, luego de derrotada la dictadura de Pérez Jiménez, retoma los compromisos del Estado y los derechos sociales de los ciudadanos. En esta Constitución el concepto de Estado social, que asume la obligación explícita de velar por que las condiciones de la vida en sociedad sean óptimas. El balance de lo ocurrido durante los treinta años siguientes a 1961, en que rige el sistema democrático, sugiere que el Estado social ha sufrido un relativo fracaso. No se ha podido materializar la tesis de una distribución más justa y equitativa de la riqueza. Hacia 1988 se constituye un modelo regresivo en la distribución, que hace que el 30 por ciento más rico de la población perciba 60 por ciento del ingreso, mientras que el 30 por ciento más pobre sólo recibe el 11 por ciento. A.S./J.C.12854

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