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Igualdad de oportunidades y de trato: un avance hacia la gobernabilidad democrática

Por: Spairani, Aníbal PabloColaborador(es): CLAD | Congreso Internacional del CLAD sobre la Reforma del Estado y de la Administración Pública, 11 GuatemalaDetalles de publicación: Buenos Aires Unión del Personal Civil de la Nación 2006Descripción: 10 pTema(s): CAPACITACION DE PERSONAL PUBLICO | CONGRESO CLAD 11-2006 | DEMOCRACIA | EST | ESTADO | GOBERNABILIDAD | IGUALDAD DE OPORTUNIDADES | PARTICIPACION CIUDADANA | ARGENTINAOtra clasificación: INAP-AR:CD 45 Congreso XI Resumen: En el mundo globalizado de hoy en sus complejos escenarios, existen entre otros problemas el acceso a la educación y la discriminación como factores que generan fragmentaciones sociales y económicas notarías donde la violencia constituye una de sus exteriorizaciones.La Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN) tiene como objetivo, desde su creación el otorgar a todos los trabajadores el derecho a una vida plena con el desarrollo de sus aptitudes intelectuales y físicas, no escatima esfuerzos que permitan concretar y legitimar a la educación como un derecho y a la discriminación como una necesidad de ser eliminada en todos los ámbitos.En este contexto, la concreción del segundo convenio colectivo de trabajo 2006 apunta a reafirmar lo ya establecido con respecto a la profesionalización del trabajador del sector público a través del desarrollo de sus competencias en forma permanente y también con el establecimientos de oportunidades de carrera de grado que le permitan acceder por medio de innovadoras herramientas educativas de carácter virtual o presencial a mejores oportunidades de reconocimiento de su gestión en el Estado.Asimismo el convenio colectivo de trabajo apunta a que prevalezcan parámetros de igualdad de oportunidades y de trato; determinando que la igualdad de género sea parte activa de este principio de igualdad.Por otra parte promociona, guardando en este sentido una visión en pos del reconocimiento de los trabajadores en su gestión dentro del Estado y el establecimiento de políticas activas de inclusión de agentes con capacidades diferentes con el fin de lograr un adecuado despliegue de sus potencialidades.El gremio entiende que sólo considerando a los trabajadores del sector público sin distinción de género como el principal activo para el logro de una gestión eficaz y eficiente, tendremos organizaciones justas y equitativas, libres de violencia laboral con fluida información y desarrollo de conocimientos; que no sólo puedan brindar servicios de calidad sino que también eleven la calidad de vida y de empleo de su capital humano, principal sostén de la administración pública.Este mandato surge de un reclamo evidente de la sociedad que la UPCN toma como suyo y responde, además teniendo como lema fundamental revalorizar la cultura del trabajo a partir de lograr mayor equidad en la distribución.La violencia laboral, la carencia de información, el no acceso a la capacitación, los ambientes inadecuados y el abuso de poder en sus distintas formas, están especialmente considerados como expresiones violatorias de los principios éticos de igualdad, capacitación, salud e higiene y no discriminación que rigen desde la vigencia del primer convenio colectivo de trabajo del sector público.Creemos que los contenidos desarrollados en el segundo convenio colectivo de trabajo recientemente homologado constituyen una herramienta del siglo XXI que tiende a afirmar derechos y obligaciones del trabajador del Estado y es un avance significativo hacia la armonía de las relaciones que garanticen la gobernabilidad democrática en la Argentina.
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En el mundo globalizado de hoy en sus complejos escenarios, existen entre otros problemas el acceso a la educación y la discriminación como factores que generan fragmentaciones sociales y económicas notarías donde la violencia constituye una de sus exteriorizaciones.La Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN) tiene como objetivo, desde su creación el otorgar a todos los trabajadores el derecho a una vida plena con el desarrollo de sus aptitudes intelectuales y físicas, no escatima esfuerzos que permitan concretar y legitimar a la educación como un derecho y a la discriminación como una necesidad de ser eliminada en todos los ámbitos.En este contexto, la concreción del segundo convenio colectivo de trabajo 2006 apunta a reafirmar lo ya establecido con respecto a la profesionalización del trabajador del sector público a través del desarrollo de sus competencias en forma permanente y también con el establecimientos de oportunidades de carrera de grado que le permitan acceder por medio de innovadoras herramientas educativas de carácter virtual o presencial a mejores oportunidades de reconocimiento de su gestión en el Estado.Asimismo el convenio colectivo de trabajo apunta a que prevalezcan parámetros de igualdad de oportunidades y de trato; determinando que la igualdad de género sea parte activa de este principio de igualdad.Por otra parte promociona, guardando en este sentido una visión en pos del reconocimiento de los trabajadores en su gestión dentro del Estado y el establecimiento de políticas activas de inclusión de agentes con capacidades diferentes con el fin de lograr un adecuado despliegue de sus potencialidades.El gremio entiende que sólo considerando a los trabajadores del sector público sin distinción de género como el principal activo para el logro de una gestión eficaz y eficiente, tendremos organizaciones justas y equitativas, libres de violencia laboral con fluida información y desarrollo de conocimientos; que no sólo puedan brindar servicios de calidad sino que también eleven la calidad de vida y de empleo de su capital humano, principal sostén de la administración pública.Este mandato surge de un reclamo evidente de la sociedad que la UPCN toma como suyo y responde, además teniendo como lema fundamental revalorizar la cultura del trabajo a partir de lograr mayor equidad en la distribución.La violencia laboral, la carencia de información, el no acceso a la capacitación, los ambientes inadecuados y el abuso de poder en sus distintas formas, están especialmente considerados como expresiones violatorias de los principios éticos de igualdad, capacitación, salud e higiene y no discriminación que rigen desde la vigencia del primer convenio colectivo de trabajo del sector público.Creemos que los contenidos desarrollados en el segundo convenio colectivo de trabajo recientemente homologado constituyen una herramienta del siglo XXI que tiende a afirmar derechos y obligaciones del trabajador del Estado y es un avance significativo hacia la armonía de las relaciones que garanticen la gobernabilidad democrática en la Argentina.

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