Catálogo Bibliográfico

Buscá y solicitá los materiales de interés que se encuentran en la Biblioteca del Centro de Documentación e Información sobre Administración Pública

Catálogo Bibliográfico

Probidad, ética y transparencia de la gestión pública

Por: Poblete Vinaixa, Julia ParmeniaColaborador(es): CLAD | Congreso Internacional del CLAD sobre la Reforma del Estado y de la Administración Pública, 11 GuatemalaDetalles de publicación: Concepcion Universidad de Concepción. Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales. Departamento de Administración Pública y Ciencia Política 2006Descripción: 14 pTema(s): CONGRESO CLAD 11-2006 | CORRUPCION ADMINISTRATIVA | ETICA | MARCO JURIDICO | TRANSPARENCIA | CHILEOtra clasificación: INAP-AR:CD 45 Congreso XI Resumen: El Estado tiene la misión primaria el bienestar de sus ciudadanos, procurando el bien común. El Estado se entiende como una instancia de servicio a la ciudadanía y el poder que ejerce sólo tiene sentido en cuanto posibilita la prestación equitativa de este servicio.La función pública es un servicio cuyo destinatario es la sociedad, especialmente quienes menos tienen y más dependen del buen funcionamiento de lo público. Por consiguiente, la función pública es una verdadera vocación y requiere la presencia de personas con un fuerte sentido ético y solidario, junto con una acabada formación profesional.En el campo específico del comportamiento ético que corresponde al funcionario, este concepto está presente a diario, en cada una de las fases en las cuales les corresponde actuar. Así, en el proceso está presente la imparcialidad, el interés por la verdad, una decisión en un plazo prudente, en la resolución final que se exteriorizará en la motivación y fundamentación.Trataremos de proporcionar una visión de conjunto de las normas que concretan en Chile el principio de la probidad.En el Diario Oficial No. 36.538, de 14 de diciembre de 1999, se publicó la Ley No. 19.653, popularmente conocida como "Ley de Probidad", la que modificó una serie de cuerpos legales con el objeto de adecuar, con mayor o menor extensión, la organización administrativa, legislativa y judicial chilena, al principio de la probidad de los agentes públicos.Transparencia pública significa permitir el acceso rápido y sin obstrucción a la información pública relevante, en forma oportuna y comprensiva. Desde una perspectiva política, la transparencia se refiere a la claridad del funcionamiento del sistema político, de los procesos y mecanismos de toma de decisiones, la participación que los ciudadanos tienen en ese proceso, y la claridad de la relación de mando entre gobernantes y gobernados, incluyendo, dentro de esta perspectiva, la transparencia del sistema de partidos, del sistema electoral, y el grado de representación de las demandas ciudadanas.El 26 de agosto de 2005 la Ley No. 20.050 incorpora a la Constitución Política de la República el principio de la publicidad de todos los actos y resoluciones de los órganos del Estado, generando un nuevo marco jurídico para la Administración en materia de publicidad y acceso a la información administrativa, resultando necesario reordenar lo tocante al derecho que nos ocupa.Los gobernantes son representantes de los ciudadanos y éstos tienen derecho a exigir una conducta moral y ética y a pedir rendición de cuentas de los primeros. Todo ello ha influido sin duda en la valorización ética del comportamiento político y público. Desde esta óptica hay que resaltar la decisiva influencia que en este tema tiene hoy la presencia de los medios de comunicación. Esto crea una nueva actitud en los ciudadanos. Antes las noticias eran patrimonio de pocos. La publicidad de la vida interna de la política y de las acciones de gobierno atrae a los administrados, provocando la divulgación y la pública discusión de los actos de funcionarios del Estado. Es quizás la denuncia pública y la difusión de actos abusivos, arbitrarios y delictuosos de los agentes públicos uno de los instrumentos que con los medios de difusión masivos con que hoy se cuenta, producen mayores efectos para combatir el fraude y la corrupción de los órganos del Estado.
Etiquetas de esta biblioteca: No hay etiquetas de esta biblioteca para este título. Ingresar para agregar etiquetas.
    Valoración media: 0.0 (0 votos)
Tipo de ítem Biblioteca actual Solicitar por Estado Fecha de vencimiento Código de barras
Recurso digital Recurso digital Biblioteca Central
Colección digital
INAP-AR:CD 45 Congreso XI Navegar estantería (Abre debajo) Disponible 011458

El Estado tiene la misión primaria el bienestar de sus ciudadanos, procurando el bien común. El Estado se entiende como una instancia de servicio a la ciudadanía y el poder que ejerce sólo tiene sentido en cuanto posibilita la prestación equitativa de este servicio.La función pública es un servicio cuyo destinatario es la sociedad, especialmente quienes menos tienen y más dependen del buen funcionamiento de lo público. Por consiguiente, la función pública es una verdadera vocación y requiere la presencia de personas con un fuerte sentido ético y solidario, junto con una acabada formación profesional.En el campo específico del comportamiento ético que corresponde al funcionario, este concepto está presente a diario, en cada una de las fases en las cuales les corresponde actuar. Así, en el proceso está presente la imparcialidad, el interés por la verdad, una decisión en un plazo prudente, en la resolución final que se exteriorizará en la motivación y fundamentación.Trataremos de proporcionar una visión de conjunto de las normas que concretan en Chile el principio de la probidad.En el Diario Oficial No. 36.538, de 14 de diciembre de 1999, se publicó la Ley No. 19.653, popularmente conocida como "Ley de Probidad", la que modificó una serie de cuerpos legales con el objeto de adecuar, con mayor o menor extensión, la organización administrativa, legislativa y judicial chilena, al principio de la probidad de los agentes públicos.Transparencia pública significa permitir el acceso rápido y sin obstrucción a la información pública relevante, en forma oportuna y comprensiva. Desde una perspectiva política, la transparencia se refiere a la claridad del funcionamiento del sistema político, de los procesos y mecanismos de toma de decisiones, la participación que los ciudadanos tienen en ese proceso, y la claridad de la relación de mando entre gobernantes y gobernados, incluyendo, dentro de esta perspectiva, la transparencia del sistema de partidos, del sistema electoral, y el grado de representación de las demandas ciudadanas.El 26 de agosto de 2005 la Ley No. 20.050 incorpora a la Constitución Política de la República el principio de la publicidad de todos los actos y resoluciones de los órganos del Estado, generando un nuevo marco jurídico para la Administración en materia de publicidad y acceso a la información administrativa, resultando necesario reordenar lo tocante al derecho que nos ocupa.Los gobernantes son representantes de los ciudadanos y éstos tienen derecho a exigir una conducta moral y ética y a pedir rendición de cuentas de los primeros. Todo ello ha influido sin duda en la valorización ética del comportamiento político y público. Desde esta óptica hay que resaltar la decisiva influencia que en este tema tiene hoy la presencia de los medios de comunicación. Esto crea una nueva actitud en los ciudadanos. Antes las noticias eran patrimonio de pocos. La publicidad de la vida interna de la política y de las acciones de gobierno atrae a los administrados, provocando la divulgación y la pública discusión de los actos de funcionarios del Estado. Es quizás la denuncia pública y la difusión de actos abusivos, arbitrarios y delictuosos de los agentes públicos uno de los instrumentos que con los medios de difusión masivos con que hoy se cuenta, producen mayores efectos para combatir el fraude y la corrupción de los órganos del Estado.

Español

No hay comentarios en este titulo.

para colocar un comentario.

Catálogo Bibliográfico - Instituto Nacional de la Administración Pública. Av. Roque Saenz Peña 511, Oficina 526 - Teléfono (5411) 6065-2310 CABA República Argentina.