Tipo de ítem | Biblioteca actual | Solicitar por | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Recurso digital |
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INAP-AR:CD 45 Congreso IX | Disponible | 011399 |
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La Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), como organismo público gestor de una parte del Régimen Especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado protege una serie de contingencias de su colectivo mediante un conjunto de prestaciones.La peculiaridad de este régimen es que MUFACE actúa como recaudador-financiador del sistema y a la vez como prestador del servicio. La acción protectora supone el 97% del total del presupuesto de gastos y la financiación se realiza básicamente por cotizaciones sociales y recursos propios. Los ingresos por cotizaciones representan el 93% del Presupuesto de MUFACE.En este sentido nuestro sistema ha optado por una Seguridad Social contributiva y por la técnica financiera de reparto frente a la de capitalización, por considerarse un sistema más solidario que permite la distribución a corto plazo de las cotizaciones a todos los beneficiarios convertidas en prestaciones. Los ciclos económicos de la Mutualidad y su equilibrio financiero responden al ajuste entre gastos y tipos de cotización.La cotización es obligatoria para el funcionario al igual que en el régimen general, desde el inicio de la actividad remunerada, que en el caso de este régimen especial se inicia a través del acceso a la función pública mediante un sistema selectivo.Además, la cotización como relación jurídica obligacional entre varios sujetos, implica junto con el funcionario, al Estado, que, en este caso, es el empleador, si bien la relación laboral entre los funcionarios y la Administración es de carácter estatutario.Hay que tener en cuenta que el Estado asume, en virtud de esa relación, la obligación de cotización incluso de los funcionarios del Estado transferidos a las Comunidades Autónomas.Anualmente, la cotización se obtiene aplicando un tipo determinado a una base de cotización fijada anualmente en los Presupuestos Generales del Estado y ese tipo es el que se regula en función de las nuevas necesidades de financiación de la acción protectora y de la evolución del colectivo protegido.En la actualidad los ciclos económicos en los que se puede incrementar el gasto en prestaciones sin variación de tipo son de alrededor de cuatro años.El resto de ingresos, por recursos propios, que hacen referencia a los bienes y derechos de la Mutualidad, que apenas representa el 7% del Presupuesto, coadyuva a la financiación y a la estabilidad del sistema.En los últimos siete años el presupuesto de MUFACE se ha incrementado en 350 millones de euros en términos absolutos, siendo la media de crecimiento interanual del 5'86%, siempre superior al PIB previsto en los distintos años de ese período.Pese a la suficiencia de financiación, la Mutualidad se encuentra en un momento de búsqueda de equilibrio económico a largo plazo que no debe pasar únicamente por incrementos del tipo de cotización, especialmente de los funcionarios, dado que sus aumentos salariales se sitúan en el IPC interanual previsto, sino que deberían situarse en la armonización de los recursos financieros con lo establecido para el régimen general, mediante la financiación de la totalidad del gasto en asistencia sanitaria mediante una subvención a tal fin del Estado.
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