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Democracia directa en América Latina: amenaza populista o una voz que evita la salida?

Por: Lissidini, AliciaColaborador(es): CLAD | Congreso Internacional del CLAD sobre la Reforma del Estado y de la Administración Pública, 11 GuatemalaDetalles de publicación: Buenos Aires Universidad Nacional de General San Martín. Escuela de Política y Gobierno 2006Descripción: 28 pTema(s): CONGRESO CLAD 11-2006 | DEMOCRACIA | EXPERIENCIAS NACIONALES | MARCO JURIDICO | PARTICIPACION CIUDADANA | PLEBISCITO | REFERENDUM | TOMA DE DECISIONES | AMERICA LATINAOtra clasificación: INAP-AR:CD 45 Congreso XI Resumen: El primer objetivo de esta ponencia es contribuir a la sistematización de la información sobre los instrumentos de democracia directa (referendo, plebiscito, revocatoria de mandato, iniciativa popular y legislativa). A partir de fuentes primarias (constituciones, leyes y decretos) y fuentes secundarias (análisis jurídico y otras investigaciones) referidas a Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela se actualiza y se organizan los datos.El segundo objetivo es demostrar que a partir de la década del noventa se incorporaron o se modificaron los mecanismos de democracia directa en las constituciones nacionales y locales, provocando un cambio (al menos en el orden constitucional) que habilita a los poderes ejecutivos, a los partidos y a las organizaciones sociales a ejercer la democracia directa; es decir son instrumentos que genera "oportunidades" políticas. Para cumplir este objetivo se sigue la evolución constitucional de cada país para ubicar y analizar las modificaciones referidas a la democracia directa.Por último, se contextualizan política y socialmente las modificaciones constitucionales referidas a la democracia directa con el objetivo de detectar variables claves para comparar e interpretar los contextos y las posibles motivaciones políticas de los que promueven la inclusión de los mecanismos de democracia directa. La ponencia plantea, de manera esquemática, la presencia de dos contextos bien diferentes: uno en que las reformas buscan fundamentalmente mejorar la participación y la representación de los ciudadanos, en el marco de fuertes demandas sociales y en otro en el cual las reformas pretenden reforzar la delegación política, es decir, de aumentar los poderes de los ejecutivos en detrimento de los legislativos, en contextos de apatía política.La democracia directa puede promover un uso populista y autoritario por parte de los presidentes de la región, exacerbando las formas delegativas de la política (en el sentido que le da O ́Donnell) o constituirse, parafraseando a Hirschman (1977), en una voz que evite la salida. El impacto de la inclusión constitucional y de su ejercicio dependerá fundamentalmente de las características propias de cada país, en sociedades politizadas con altos grados de institucionalización y alta lealtad al régimen democrático es esperable que se utilicen los recursos legales disponibles, sin alterar negativamente el funcionamiento de la democracia. Sin embargo, en sociedades con baja institucionalización, escaso apego a la democracia o con presencia de violencia política, probablemente no se haga uso de los recursos legales y sus efectos serán entonces muy limitados. Uruguay y Colombia son, respectivamente, buenos ejemplos.El efecto de la democracia directa está sujeto también, a la combinación que en cada caso se de entre voz, salida y lealtad, de como se conceptualice la polaridad salida-voz y de las características propias de cada sociedad. Se puede aplicar a la democracia directa, entonces, la afirmación de Hirschman (1977) referida a su estudio sobre salida, voz y lealtad "no (es) una cuestión de si o no. La tarea de investigación futura consiste en el estudio de diversas combinaciones, tanto en términos histórico-empíricos del funcionamiento de los arreglos existentes como en términos analítico-normativos en una búsqueda de estrategias óptimas (176).
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El primer objetivo de esta ponencia es contribuir a la sistematización de la información sobre los instrumentos de democracia directa (referendo, plebiscito, revocatoria de mandato, iniciativa popular y legislativa). A partir de fuentes primarias (constituciones, leyes y decretos) y fuentes secundarias (análisis jurídico y otras investigaciones) referidas a Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela se actualiza y se organizan los datos.El segundo objetivo es demostrar que a partir de la década del noventa se incorporaron o se modificaron los mecanismos de democracia directa en las constituciones nacionales y locales, provocando un cambio (al menos en el orden constitucional) que habilita a los poderes ejecutivos, a los partidos y a las organizaciones sociales a ejercer la democracia directa; es decir son instrumentos que genera "oportunidades" políticas. Para cumplir este objetivo se sigue la evolución constitucional de cada país para ubicar y analizar las modificaciones referidas a la democracia directa.Por último, se contextualizan política y socialmente las modificaciones constitucionales referidas a la democracia directa con el objetivo de detectar variables claves para comparar e interpretar los contextos y las posibles motivaciones políticas de los que promueven la inclusión de los mecanismos de democracia directa. La ponencia plantea, de manera esquemática, la presencia de dos contextos bien diferentes: uno en que las reformas buscan fundamentalmente mejorar la participación y la representación de los ciudadanos, en el marco de fuertes demandas sociales y en otro en el cual las reformas pretenden reforzar la delegación política, es decir, de aumentar los poderes de los ejecutivos en detrimento de los legislativos, en contextos de apatía política.La democracia directa puede promover un uso populista y autoritario por parte de los presidentes de la región, exacerbando las formas delegativas de la política (en el sentido que le da O ́Donnell) o constituirse, parafraseando a Hirschman (1977), en una voz que evite la salida. El impacto de la inclusión constitucional y de su ejercicio dependerá fundamentalmente de las características propias de cada país, en sociedades politizadas con altos grados de institucionalización y alta lealtad al régimen democrático es esperable que se utilicen los recursos legales disponibles, sin alterar negativamente el funcionamiento de la democracia. Sin embargo, en sociedades con baja institucionalización, escaso apego a la democracia o con presencia de violencia política, probablemente no se haga uso de los recursos legales y sus efectos serán entonces muy limitados. Uruguay y Colombia son, respectivamente, buenos ejemplos.El efecto de la democracia directa está sujeto también, a la combinación que en cada caso se de entre voz, salida y lealtad, de como se conceptualice la polaridad salida-voz y de las características propias de cada sociedad. Se puede aplicar a la democracia directa, entonces, la afirmación de Hirschman (1977) referida a su estudio sobre salida, voz y lealtad "no (es) una cuestión de si o no. La tarea de investigación futura consiste en el estudio de diversas combinaciones, tanto en términos histórico-empíricos del funcionamiento de los arreglos existentes como en términos analítico-normativos en una búsqueda de estrategias óptimas (176).

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