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La incidencia del sistema de control interno en la función pública

Por: Hernández León, Claudia PatriciaColaborador(es): CLAD | Congreso Internacional del CLAD sobre la Reforma del Estado y de la Administración Pública, 10 SantiagoDetalles de publicación: Bogotá Departamento Administrativo de la Función Pública. Oficina Asesora Jurídica 2005Descripción: 12 pTema(s): CARRERA ADMINISTRATIVA | CONGRESO CLAD 10-2005 | CONTROL INTERNO | EVALUACION DEL PERSONAL | FUNCION PUBLICA | MARCO JURIDICO | PERSONAL PUBLICO | SISTEMAS DE CONTROL | COLOMBIAOtra clasificación: INAP-AR:CD 45 Congreso X Resumen: Una de las grandes debilidades del sistema de empleo público en Colombia, son las evaluaciones del desempeño, en donde se evidencia la falta de correlación entre los resultados de la gestión institucional y la evaluación de los empleados públicos.Es así como, en la evaluación del desempeño de 2002-2003, de una muestra de 18.094 servidores de entidades del orden nacional, solo 45 fueron calificados insatisfactoriamente.Teniendo en cuenta que en la actualidad, las evaluaciones del desempeño se realizan con base en criterios subjetivos, y sin compromiso por parte de evaluador y evaluado, la nueva ley de empleo público, establece que el Jefe de Control Interno de la entidad será el responsable de remitir las evaluaciones de gestión de cada una de las dependencias, para que estas sean tomadas como criterio para la evaluación de los empleados.Así mismo, establece la obligación de suscribir acuerdos de gestión entre el representante legal de la entidad y los jefes de cada una de las dependencias, con el fin de establecer responsabilidades, compromisos y resultados frente a la visión y objetivos del organismo.En este orden de ideas, el sistema de control interno cumple una labor esencial dentro de la evaluación del desempeño de los servidores y dentro del direccionamiento que de forma permanente debe realizar la gerencia, para el cumplimiento de los objetivos de la entidad.
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INAP-AR:CD 45 Congreso X Navegar estantería (Abre debajo) Disponible 010854

Una de las grandes debilidades del sistema de empleo público en Colombia, son las evaluaciones del desempeño, en donde se evidencia la falta de correlación entre los resultados de la gestión institucional y la evaluación de los empleados públicos.Es así como, en la evaluación del desempeño de 2002-2003, de una muestra de 18.094 servidores de entidades del orden nacional, solo 45 fueron calificados insatisfactoriamente.Teniendo en cuenta que en la actualidad, las evaluaciones del desempeño se realizan con base en criterios subjetivos, y sin compromiso por parte de evaluador y evaluado, la nueva ley de empleo público, establece que el Jefe de Control Interno de la entidad será el responsable de remitir las evaluaciones de gestión de cada una de las dependencias, para que estas sean tomadas como criterio para la evaluación de los empleados.Así mismo, establece la obligación de suscribir acuerdos de gestión entre el representante legal de la entidad y los jefes de cada una de las dependencias, con el fin de establecer responsabilidades, compromisos y resultados frente a la visión y objetivos del organismo.En este orden de ideas, el sistema de control interno cumple una labor esencial dentro de la evaluación del desempeño de los servidores y dentro del direccionamiento que de forma permanente debe realizar la gerencia, para el cumplimiento de los objetivos de la entidad.

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