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Situación de la carrera administrativa en Colombia

Por: Grillo Rubiano, Fernando AntonioColaborador(es): CLAD | Congreso Internacional del CLAD sobre la Reforma del Estado y de la Administración Pública, 10 SantiagoDetalles de publicación: Santafé de Bogotá Departamento Administrativo de la Función Pública 2005Descripción: 10 pTema(s): ANALISIS HISTORICO | CARRERA ADMINISTRATIVA | CONGRESO CLAD 10-2005 | FUNCION PUBLICA | MARCO JURIDICO | COLOMBIAOtra clasificación: INAP-AR:CD 45 Congreso X
Contenidos:
Versión ampliada de CLAD 20793.00 (MFN 36866)
Resumen: El presente documento hace una presentación de lo que ha sido la regulación del empleo público en Colombia, desde 1886 hasta nuestros días.Se hace un recorrido normativo que parte de la regulación del tema en la Constitución de 1.886 en la que se introdujeron en Colombia algunas disposiciones que permitían la organización del Servicio Civil y la Carrera Administrativa, así como la ley 165 de 1938, por medio de la cual se creó la carrera administrativa, y la que, aunque con las limitaciones propias del momento, tuvo las mismas características y rasgos esenciales que aún hoy conserva: -Ingreso al servicio, permanencia en el mismo y derecho a ascenso, siempre por mérito; -Derecho a estabilidad si se cumple con las obligaciones a su cargo y no se dan las demás causales de retiro; -Derecho a capacitación. Merece especial atención el tema de la carrera administrativa en la Constitución de 1991, porque el constituyente de 1991 dedicó varios artículos a la regulación del empleo público y específicamente a la carrera administrativa consagrando en el artículo 125 que los empleos de los órganos y entidades del Estado son de carrera, con las excepciones que señala la misma constitución y las que prevea la ley y que el ingreso el ascenso y la permanencia se hará de manera exclusiva con base en el mérito y el retiro se efectuará por evaluación del desempeño o por las demás causales que determine la ley. En el artículo 130 creó la Comisión Nacional del Servicio Civil con las funciones de administrar y vigilar la carrera.El recorrido normativo finaliza con la expedición de la ley 909 de 2004, por la cual se regula el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública en Colombia. Esta Ley regula tres temas que conforman una unidad conceptual que tiene como objetivo regular el empleo desde su diseño y conformación hasta los medios de ingreso tanto a los empleos de carrera administrativa como a los de libre nombramiento y remoción en la franja denominada de gerencia pública.Es importante mencionar que la citada Ley tiene como fundamento la Carta Iberoamericana de la Función Pública y entre los elementos principales que se acogieron se encuentra el acceso por mérito y la profesionalización del servicio público.Finalmente, y a manera de conclusión, se aborda el tema del empleo público en Colombia desde la expedición de la 909 de 2004 y se presentan los instrumentos técnicos y normativos que ha adoptado el Gobierno Colombiano para la implementación del nuevo modelo de Empleo Público.
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Versión ampliada de CLAD 20793.00 (MFN 36866)

El presente documento hace una presentación de lo que ha sido la regulación del empleo público en Colombia, desde 1886 hasta nuestros días.Se hace un recorrido normativo que parte de la regulación del tema en la Constitución de 1.886 en la que se introdujeron en Colombia algunas disposiciones que permitían la organización del Servicio Civil y la Carrera Administrativa, así como la ley 165 de 1938, por medio de la cual se creó la carrera administrativa, y la que, aunque con las limitaciones propias del momento, tuvo las mismas características y rasgos esenciales que aún hoy conserva: -Ingreso al servicio, permanencia en el mismo y derecho a ascenso, siempre por mérito; -Derecho a estabilidad si se cumple con las obligaciones a su cargo y no se dan las demás causales de retiro; -Derecho a capacitación. Merece especial atención el tema de la carrera administrativa en la Constitución de 1991, porque el constituyente de 1991 dedicó varios artículos a la regulación del empleo público y específicamente a la carrera administrativa consagrando en el artículo 125 que los empleos de los órganos y entidades del Estado son de carrera, con las excepciones que señala la misma constitución y las que prevea la ley y que el ingreso el ascenso y la permanencia se hará de manera exclusiva con base en el mérito y el retiro se efectuará por evaluación del desempeño o por las demás causales que determine la ley. En el artículo 130 creó la Comisión Nacional del Servicio Civil con las funciones de administrar y vigilar la carrera.El recorrido normativo finaliza con la expedición de la ley 909 de 2004, por la cual se regula el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública en Colombia. Esta Ley regula tres temas que conforman una unidad conceptual que tiene como objetivo regular el empleo desde su diseño y conformación hasta los medios de ingreso tanto a los empleos de carrera administrativa como a los de libre nombramiento y remoción en la franja denominada de gerencia pública.Es importante mencionar que la citada Ley tiene como fundamento la Carta Iberoamericana de la Función Pública y entre los elementos principales que se acogieron se encuentra el acceso por mérito y la profesionalización del servicio público.Finalmente, y a manera de conclusión, se aborda el tema del empleo público en Colombia desde la expedición de la 909 de 2004 y se presentan los instrumentos técnicos y normativos que ha adoptado el Gobierno Colombiano para la implementación del nuevo modelo de Empleo Público.

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