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Perfeccionamiento y clasificación de las leyes de transparencia y acceso a la información

Por: Flores-Trejo, EduardoColaborador(es): CLAD | Congreso Internacional del CLAD sobre la Reforma del Estado y de la Administración Pública, 10 SantiagoDetalles de publicación: Panamá Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional. Programa de Transparencia en Panamá 2005Descripción: 14 pTema(s): ACCESO A LA INFORMACION | CONGRESO CLAD 10-2005 | CORRUPCION ADMINISTRATIVA | ETICA | LEGISLACION | TRANSPARENCIA | MEXICOOtra clasificación: INAP-AR:CD 45 Congreo X Resumen: A partir de enero de 2002, con la publicación en el ámbito estatal de la primera Ley de Transparencia e Información Pública, se dio en México una verdadera explosión en el desarrollo y adopción de normas para regular el acceso a la información pública. Actualmente, 24 entidades federativas más la federación cuentan con una ley en la materia con distintos grados de alcance y calidad legislativa.Una tendencia similar se ha dado a nivel mundial. De acuerdo al estudio Informe Global: Libertad de Información y Acceso a Registros Públicos, publicado en 2004, 58 países garantizan a sus ciudadanos el derecho a conocer lo relativo al desempeño de sus entes de gobierno.Mediante un enfoque centrado en la experiencia mexicana, el presente estudio pretende alcanzar, entre otros objetivos, los siguientes: - Bosquejar los elementos mínimos especiales que debe contener todo cuerpo normativo del acceso a la información a fin de garantizar la protección de este derecho. - Presentar herramientas alternas a las tradicionales para evaluar el impacto de la aplicación efectiva de este tipo de normas en aspectos de gobernabilidad.La aproximación a estos temas se aborda desde tres reflexiones que se pueden sintetizar de la siguiente forma: 1) La ley de acceso a la información es el instrumento para un fin y no el fin en sí mismo. 2) Es necesario exigir estándares mínimos a incluir en toda ley de acceso a la información de acuerdo a principios reconocidos por organismos internacionales. 3) La evaluación de la efectividad de una ley de acceso a la información se debe ampliar a indicadores de impacto puntual sobre elementos de gobernabilidad.El estudio se enfoca a principalmente a evaluar la tercera de estas reflexiones. El Instituto Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental y sus contrapartes estatales han recurrido a utilizar como principal indicador del impacto de las leyes de acceso en México el número de solicitudes de información presentadas. La presunción ha sido que un número creciente de solicitudes refleja una ciudadanía más consciente de la existencia y ejercicio de este derecho. Esta metodología puede ser bastante legítima en los primeros años de vigencia de la ley, en que se espera, efectivamente, un uso extendido del instrumento legal, pero no es conveniente utilizarla como método exclusivo de valoración en el mediano y largo plazo. El que haya un número ascendente de solicitudes de información puede ser el reflejo de sistemas pobres de manejo y entrega de información pública.Para analizar la efectividad en la instrumentación de una ley de acceso a la información, se sugiere extender la valoración a otro tipo de indicadores. Es decir, la promoción del acceso a la información debe verse desde una perspectiva más amplia, no sólo con el fin inmediato de transparentar al estado (o mucho más micro de estimular el número de solicitudes de información), sino también con el propósito de influir en políticas de desarrollo económico de alto impacto.
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INAP-AR:CD 45 Congreo X Navegar estantería (Abre debajo) Disponible 010681

A partir de enero de 2002, con la publicación en el ámbito estatal de la primera Ley de Transparencia e Información Pública, se dio en México una verdadera explosión en el desarrollo y adopción de normas para regular el acceso a la información pública. Actualmente, 24 entidades federativas más la federación cuentan con una ley en la materia con distintos grados de alcance y calidad legislativa.Una tendencia similar se ha dado a nivel mundial. De acuerdo al estudio Informe Global: Libertad de Información y Acceso a Registros Públicos, publicado en 2004, 58 países garantizan a sus ciudadanos el derecho a conocer lo relativo al desempeño de sus entes de gobierno.Mediante un enfoque centrado en la experiencia mexicana, el presente estudio pretende alcanzar, entre otros objetivos, los siguientes: - Bosquejar los elementos mínimos especiales que debe contener todo cuerpo normativo del acceso a la información a fin de garantizar la protección de este derecho. - Presentar herramientas alternas a las tradicionales para evaluar el impacto de la aplicación efectiva de este tipo de normas en aspectos de gobernabilidad.La aproximación a estos temas se aborda desde tres reflexiones que se pueden sintetizar de la siguiente forma: 1) La ley de acceso a la información es el instrumento para un fin y no el fin en sí mismo. 2) Es necesario exigir estándares mínimos a incluir en toda ley de acceso a la información de acuerdo a principios reconocidos por organismos internacionales. 3) La evaluación de la efectividad de una ley de acceso a la información se debe ampliar a indicadores de impacto puntual sobre elementos de gobernabilidad.El estudio se enfoca a principalmente a evaluar la tercera de estas reflexiones. El Instituto Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental y sus contrapartes estatales han recurrido a utilizar como principal indicador del impacto de las leyes de acceso en México el número de solicitudes de información presentadas. La presunción ha sido que un número creciente de solicitudes refleja una ciudadanía más consciente de la existencia y ejercicio de este derecho. Esta metodología puede ser bastante legítima en los primeros años de vigencia de la ley, en que se espera, efectivamente, un uso extendido del instrumento legal, pero no es conveniente utilizarla como método exclusivo de valoración en el mediano y largo plazo. El que haya un número ascendente de solicitudes de información puede ser el reflejo de sistemas pobres de manejo y entrega de información pública.Para analizar la efectividad en la instrumentación de una ley de acceso a la información, se sugiere extender la valoración a otro tipo de indicadores. Es decir, la promoción del acceso a la información debe verse desde una perspectiva más amplia, no sólo con el fin inmediato de transparentar al estado (o mucho más micro de estimular el número de solicitudes de información), sino también con el propósito de influir en políticas de desarrollo económico de alto impacto.

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