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Los directivos y sus carreras y el personal de ejecución

Por: Baena del Alcázar, MarianoColaborador(es): CLAD | Congreso Internacional del CLAD sobre la Reforma del Estado y de la Administración Pública, 11 GuatemalaDetalles de publicación: Madrid Tribunal Supremo 2006Descripción: 7 pTema(s): ADMINISTRACION DE PERSONAL DIRECTIVO | CARRERA ADMINISTRATIVA | CONGRESO CLAD 11-2006 | FUNCION PUBLICA | GERENTES PUBLICOS | PERSONAL PROFESIONAL | TEORIA DE LA ADMINISTRACION PUBLICAOtra clasificación: INAP-AR:CD 45 Congreso XI Resumen: La profesionalización de la función pública se plantea como alternativa a su politización, a veces extrema. Sin embargo en ocasiones se entiende en el sentido de que debe atribuirse a todos los servidores públicos la condición de funcionarios.Ello no tiene porqué ser necesariamente así, e incluso puede presentar inconvenientes. La situación es distinta en el caso del personal de nivel superior y en el del resto de los empleados. En realidad hay que partir de que la regulación y configuración de los directivos del sector público son cuestiones políticas, mientras que las mismas operaciones respecto al personal de ejecución suponen abordar un problema técnico.Por ello es de considerable importancia la profesionalización de los directivos, que no deben ser designados siguiendo criterios políticos. Conviene que se les atribuya la condición de funcionarios, aunque se les puede reclutar agrupándolos en colectivos (Cuerpos de funcionarios), o por razón del puesto a desempeñar. En todo caso deben ser profesionales estables.Cuando se habla de directivos se está aludiendo a quienes tienen la máxima cualificación intelectual, reciben la mayor remuneración, y ejercen puestos de jefatura. Estos son propiamente hablando los burócratas, es decir, los que ejercen poder en la organización, aunque sus jefaturas sean de carácter medio. Pero además de estos deben considerarse directivos los que ejercen las máximas jefaturas subordinadas a los Ministros y Secretarios de Estado (si el sistema político lo permite), y a quienes ocupen puestos en el entorno de los Ministros, de modo que intervengan en la adopción e implementación de las decisiones políticas (políticas publicas). Estas personas se reclutan normalmente entre los burócratas, por lo que conocen la organización administrativa y además han estado en contacto con las clientelas de los sectores de los Departamentos.En cambio es cuestión muy diferente otorgar la condición de funcionarios a quienes integran el personal de ejecución, que pueden ser cientos de miles y a veces millones de personas. Precisamente tratándose de estos servidores públicos pueden aplicarse las técnicas de Administración de personal o recursos humanos propios de la empresa privada, que no conviene en cambio aplicar a los directivos.No obstante, aquella aplicación no puede hacerse sin limitaciones pues hay que respetar las leyes y a los reglamentos y los gastos en materia de personal están condicionados por las previsiones presupuestarias.
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INAP-AR:CD 45 Congreso XI Navegar estantería (Abre debajo) Disponible 010136

La profesionalización de la función pública se plantea como alternativa a su politización, a veces extrema. Sin embargo en ocasiones se entiende en el sentido de que debe atribuirse a todos los servidores públicos la condición de funcionarios.Ello no tiene porqué ser necesariamente así, e incluso puede presentar inconvenientes. La situación es distinta en el caso del personal de nivel superior y en el del resto de los empleados. En realidad hay que partir de que la regulación y configuración de los directivos del sector público son cuestiones políticas, mientras que las mismas operaciones respecto al personal de ejecución suponen abordar un problema técnico.Por ello es de considerable importancia la profesionalización de los directivos, que no deben ser designados siguiendo criterios políticos. Conviene que se les atribuya la condición de funcionarios, aunque se les puede reclutar agrupándolos en colectivos (Cuerpos de funcionarios), o por razón del puesto a desempeñar. En todo caso deben ser profesionales estables.Cuando se habla de directivos se está aludiendo a quienes tienen la máxima cualificación intelectual, reciben la mayor remuneración, y ejercen puestos de jefatura. Estos son propiamente hablando los burócratas, es decir, los que ejercen poder en la organización, aunque sus jefaturas sean de carácter medio. Pero además de estos deben considerarse directivos los que ejercen las máximas jefaturas subordinadas a los Ministros y Secretarios de Estado (si el sistema político lo permite), y a quienes ocupen puestos en el entorno de los Ministros, de modo que intervengan en la adopción e implementación de las decisiones políticas (políticas publicas). Estas personas se reclutan normalmente entre los burócratas, por lo que conocen la organización administrativa y además han estado en contacto con las clientelas de los sectores de los Departamentos.En cambio es cuestión muy diferente otorgar la condición de funcionarios a quienes integran el personal de ejecución, que pueden ser cientos de miles y a veces millones de personas. Precisamente tratándose de estos servidores públicos pueden aplicarse las técnicas de Administración de personal o recursos humanos propios de la empresa privada, que no conviene en cambio aplicar a los directivos.No obstante, aquella aplicación no puede hacerse sin limitaciones pues hay que respetar las leyes y a los reglamentos y los gastos en materia de personal están condicionados por las previsiones presupuestarias.

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